Artículo 1338 del Código Civil

Art. 1338 CC – Artículo 1338 del Código Civil Español

El menor no emancipado que con arreglo a la Ley pueda casarse, también puede en
capitulaciones matrimoniales o fuera de ellas hacer donaciones por razón de su matrimonio,
con la autorización de sus padres o del tutor. Para aceptarlas, se estará a lo dispuesto en el
título II del libro III de este Código.

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