Art. 1623 CC – Artículo 1623 del Código Civil Español
Los censos producen acción real sobre la finca gravada. Además de la acción real podrá
el censualista ejercitar la personal para el pago de las pensiones atrasadas, y de los daños e
intereses cuando hubiere lugar a ello.
Quizás también le puedan interesar los siguientes artículos del Código Civil: