Art. 1726 CC – Artículo 1726 del Código Civil Español
El mandatario es responsable, no solamente del dolo, sino también de la culpa, que
deberá estimarse con más o menos rigor por los Tribunales según que el mandato haya sido
o no retribuido.
Quizás también le puedan interesar los siguientes artículos del Código Civil:
Capítulo III: De las obligaciones del mandante