Artículo 1738 del Código Civil

Art. 1738 CC – Artículo 1738 del Código Civil Español

Lo hecho por el mandatario, ignorando la muerte del mandante u otra cualquiera de las
causas que hacen cesar el mandato, es válido y surtirá todos sus efectos respecto a los
terceros que hayan contratado con él de buena fe.

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