Artículo 1802 del Código Civil

Art. 1802 CC – Artículo 1802 del Código Civil Español

El contrato aleatorio de renta vitalicia obliga al deudor a pagar una pensión o rédito anual
durante la vida de una o más personas determinadas por un capital en bienes muebles o
inmuebles, cuyo dominio se le transfiere desde luego con la carga de la pensión.

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