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Publicado el por Abogados Civilistas

Artículo 1936 del Código Civil

Art. 1936 CC – Artículo 1936 del Código Civil Español

Son susceptibles de prescripción todas las cosas que están en el comercio de los
hombres.

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CategoríasCódigo Civil Etiquetasactualizado, art.1936, artículo 1936, cc, código civil, españa, español

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