Artículo 263 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

Art.263 LEC – Artículo 263 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Española

Cuando se trate de las diligencias a que se refiere el artículo 256.1.9.º, los preceptos de
este capítulo se aplicarán en lo que no se oponga a lo dispuesto en la legislación especial
sobre la materia de que se trate.

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Artículo 261 Negativa a llevar a cabo las diligencias
Artículo 262 Decisión sobre aplicación de la caución

Artículo 264 Documentos procesales
Artículo 265 Documentos y otros escritos y objetos relativos al fondo del asunto
Artículo 266 Documentos exigidos en casos especiales