Art.374 LEC – ArtÃculo 374 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Española
Las declaraciones testificales prestadas en vista o juicio se documentarán conforme a lo
dispuesto en el apartado 2 del artÃculo 146.
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ArtÃculo 372 Intervención de las partes en el interrogatorio y ampliación de éste
ArtÃculo 373 Careo entre testigos y entre éstos y las partes
ArtÃculo 375Â Indemnizaciones a los testigos
ArtÃculo 376 Valoración de las declaraciones de testigos
ArtÃculo 377Â Tachas de los testigos