Artículo 55 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

Art.55 LEC – Artículo 55 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Española

Artículo 55. Sumisión expresa.
Se entenderá por sumisión expresa la pactada por los interesados designando con
precisión la circunscripción a cuyos tribunales se sometieren.

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