Artículo 57 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

Art.57 LEC – Artículo 57 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Española

Artículo 57. Sumisión expresa y reparto.
La sumisión expresa de las partes determinará la circunscripción cuyos tribunales hayan
de conocer del asunto. Cuando en dicha circunscripción existan varios tribunales de la
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LEGISLACIÓN CONSOLIDADA
misma clase, el reparto de los asuntos determinará a cuál de ellos corresponde conocer del
asunto, sin que las partes puedan someterse a un determinado tribunal con exclusión de los
otros

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