Artículo 598 del Código Civil

Art. 598 CC – Artículo 598 del Código Civil Español

Artículo 598.
El título y, en su caso, la posesión de la servidumbre adquirida por prescripción
determinan los derechos del predio dominante y las obligaciones del sirviente. En su defecto,
se regirá la servidumbre por las disposiciones del presente título que le sean aplicables.

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