Saltar al contenido
CC y LEC

CC y LEC

La web del abogado civilista

  • Inicio
  • Código Civil
  • Ley Enjuiciamiento Civil
  • Otras Leyes
    • Ley Arrendamientos Urbanos
    • Ley Propiedad Horizontal
  • Abogados
    • Abogados Familia
    • Abogados Divorcios
    • Abogados Separaciones
    • Abogados Herencias
Publicado el por Abogados Civilistas

Artículo 836 (Suprimido) del Código Civil

Art. 836 (Suprimido) CC – Artículo 836 (Suprimido) del Código Civil Español

CategoríasCódigo Civil Etiquetasactualizado, art.836 (Suprimido), artículo 836 (Suprimido), cc, código civil, españa, español

Navegación de entradas

Entrada anterior:Anterior Artículo 834 del Código Civil
Siguiente entradaSiguiente Artículo 861 del Código Civil

RSS Derecho Civil – BOE – Boletín Oficial del Estado

  • Instrucción de 3 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, sobre la aplicación del artículo 44.4 de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, y de modificación de la Instrucción de 9 de octubre de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre comunicación electrónica de nacimientos desde centros sanitarios.

Web para los mejores abogados civilistas de España.

Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal 

Procurador.app

Ir a la versión móvil