Artículo 852 del Código Civil

Art. 852 CC – Artículo 852 del Código Civil Español

Artículo 852.
Son justas causas para la desheredación, en los términos que específicamente
determinan los artículos ochocientos cincuenta y tres, ochocientos cincuenta y cuatro y
ochocientos cincuenta y cinco, las de incapacidad por indignidad para suceder, señaladas en
el artículo setecientos cincuenta y seis con los números 1º, 2º, 3º, 5º y 6º.

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