Artículo 916 del Código Civil

Art. 916 CC – Artículo 916 del Código Civil Español

Artículo 916.
La serie de grados forma la línea, que puede ser directa o colateral.
Se llama directa la constituida por la serie de grados entre personas que descienden una
de otra.
Y colateral la constituida por la serie de grados entre personas que no descienden unas
de otras, pero que proceden de un tronco común.

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