Artículo 1648 del Código Civil

Art. 1648 CC – Artículo 1648 del Código Civil Español

Caerá en comiso la finca, y el dueño directo podrá reclamar su devolución:
1.º Por falta de pago de la pensión durante tres años consecutivos.
2.º Si el enfiteuta no cumple la condición estipulada en el contrato o deteriora
gravemente la finca.

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