Artículo 397 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

Art.397 LEC – Artículo 397 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Española

Lo dispuesto en el artículo 394 será de aplicación para resolver en segunda instancia el
recurso de apelación en que se impugne la condena o la falta de condena en las costas de la
primera instancia.

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Artículo 395 Condena en costas en caso de allanamiento
Artículo 396 Condena en costas cuando el proceso termine por desistimiento

Artículo 398 Costas en apelación, recurso extraordinario por infracción procesal y casación

Artículo 399 La demanda y su contenido
Artículo 400 Preclusión de la alegación de hechos y fundamentos jurídicos